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Protección de Datos

La SPDP sanciona a la FEF por no utilizar metodologías de análisis y gestión de riesgos adecuadas

Fuente: Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) Publicado: 20/01/2026 · 12:00 UTC
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Protección de Datos La SPDP sanciona a la FEF por no utilizar metodologías de análisis y gestión de riesgos adecuadas
Imagen: Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP)

Quito, 20 de enero de 2026.– La Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) informa a la ciudadanía que, mediante la Resolución Nro. RES-SPDP-ICS-2025-0006, impuso una sanción administrativa a la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF), tras verificar el cometimiento de una infracción grave relacionada con el tratamiento de datos personales en la aplicación FAN FEF.

Luego de sustanciar el procedimiento previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP) y en el Código Orgánico Administrativo (COA), la Autoridad determinó que la FEF incurrió en una infracción tipificada en el numeral 4 del artículo 68 de la LOPDP, al constatar que el responsable del tratamiento de datos carecía de una metodología de análisis y gestión de riesgos en protección de datos personales que no estaba adaptada a la naturaleza de los datos personales, las particularidades del tratamiento y las características de las partes involucradas.

Como resultado, la SPDP impuso a la FEF una multa administrativa de USD $194.469,85, cuyo pago deberá realizarse en el plazo de diez días contados a partir de la notificación, bajo advertencia de que, de no hacerlo, se procederá con la ejecución coactiva, conforme a lo establecido en el artículo 271 del COA.

Adicionalmente, la Autoridad dispuso la reformulación de la metodología de análisis de riesgos y de la evaluación de impacto, a fin de calibrar adecuadamente los componentes que, de manera errónea, concluyeron en una evaluación de impacto con resultado cero, conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos personales. Para el cumplimiento de estas medidas, la FEF contará con un plazo de un mes, bajo advertencia de que, de no hacerlo, se dictarán las medidas cautelares necesarias para garantizar su ejecución…