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Protección de Datos

SIC refuerza control de precios y derechos tras el sismo

Fuente: OlarteMoure (Colombia) Publicado: 04/09/2026 · 18:27 UTC
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Protección de Datos Ilustrativo
Ilustración genérica de la categoría Protección de Datos; no es una foto real del hecho

El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina determinó que Colombia incumplió la normativa andina relacionada con los derechos de autor y conexos. El incumplimiento se debió a ciertas medidas que obligaban a los operadores de televisión por suscripción a retransmitir señales de televisión abierta sin contar con la autorización de las organizaciones de radiodifusión ni permitirles exigir compensación económica alguna.

La decisión del Tribunal recordó que la normativa vigente otorga a las organizaciones de radiodifusión la facultad exclusiva de aprobar o prohibir la retransmisión de sus emisiones. Aunque el gobierno colombiano argumentó que estas exigencias buscaban garantizar el pluralismo y el acceso a la información, la instancia judicial resolvió que dichos propósitos no pueden anular los derechos de los radiodifusores.

A pesar de lo anterior, el fallo especificó que los Estados tienen la facultad de establecer obligaciones de retransmisión obligatoria, siempre y cuando lo hagan mediante procedimientos compatibles con el régimen andino y asegurando, cuando corresponda, una remuneración justa. Por consiguiente, Colombia quedó emplazada a implementar acciones que garanticen estos derechos de manera efectiva en un plazo determinado tras la notificación de la sentencia.

Resumen generado con IA (Gemini) a partir del artículo original. No es una cita textual — consultá la fuente para el texto exacto.