La autoridad española de protección de datos multó a Securitas Direct con 100 000 EUR por dificultar el ejercicio de los derechos de los interesados al remitir a las personas a un número de teléfono de pago.
La autoridad de protección de datos de España sancionó económicamente a la empresa Securitas Direct tras recibir una denuncia por parte de una asociación de consumidores. Dicha reclamación señalaba que los avisos de videovigilancia de la compañía indicaban a los ciudadanos que debían utilizar un número telefónico de pago para poder solicitar el acceso a sus datos o ejercer su derecho de oposición, lo cual suponía un obstáculo y un costo para los afectados.
Durante la investigación, las autoridades determinaron que el uso de una línea telefónica con costo vulneraba la normativa de protección de datos, la cual establece que el ejercicio de estos derechos debe ser completamente gratuito para los usuarios, advirtiendo además que esto podía desincentivar sus solicitudes. El organismo supervisor concluyó que la existencia de vías gratuitas alternativas en la página web no corregía el problema, debido a que los avisos remitían de forma específica al número de tarificación mencionada.
Como resultado de estas conclusiones, la agencia española determinó que la compañía infringió el artículo correspondiente a la facilitación de los derechos de los interesados. Por esta infracción, se le impuso una multa monetaria y se le ordenó como medida correctiva modificar, en el plazo señalado, los avisos que dirigían al teléfono de pago para adecuarlos a la normativa vigente.